Preguntas frecuentes

Si tenés que presentar un documento ante algún organismo estatal, vas a necesitar una traducción pública, es decir, una traducción firmada y sellada por el traductor y legalizada en el Colegio de Traductores correspondiente. 

En general, los organismos públicos y las universidades de otros países también exigen este tipo de traducciones. Sin embargo, como cada país tiene su propio regimen jurídico, a veces basta con la firma del traductor y no es necesario realizar el trámite de legalización. Siempre conviene consultar con la institución en la que se presentará el documento aunque, en caso de duda, lo más recomendable es que la traducción cumpla con todas las formalidades. 

Una de las funciones del CTPCBA, o Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, es legalizar las traducciones firmadas y selladas por los traductores allí matriculados. Mediante la legalización, la traducción adquiere carácter de instrumento público, un requisito fundamental para poder presentarla ante organismos nacionales o extranjeros.

Actualmente, en el CTPCBA funcionan tres sistemas de legalización:

  • Legalización remota, en la que se asigna un turno para que un mensajero del CTPCBA retire las traducciones en mi domicilio y te las entregue, ya legalizadas, a las 48 h o 72 h hábiles en un domicilio dentro de CABA.
  • Legalización presencial, en la que se asigna un turno para legalizar la traducción en el momento en el CTPCBA (Corrientes 1834). Podés acercarte personalmente o enviar a alguien.
  • Legalización digital, válida para documentos que vayan a ser presentados en formato electrónico. En este caso, la traducción va a a estar firmada digitalmente y el trámite tiene una demora de 48 h hábiles.

Si necesitás que la traducción esté en papel, tené en cuenta que la demora del turno varía según la disponibilidad del departamento de legalizaciones del CTPCBA.

Acá vas a encontrar más información sobre las tres modalidades de legalización.

La apostilla es un documento creado en el marco de la Convención de la Haya, un acuerdo internacional vigente desde 1961 del que forman parte 109 países, incluida la Argentina. 

De acuerdo con la Convención, para que un documento emitido en uno de los países firmantes tenga validez en otro, es necesario adjuntar una “apostilla”, un documento muy breve que certifica su autenticidad de la firma y la calidad en la que actuó la persona que firmó.

Para apostillar un documento emitido en la Argentina, es necesario efectuar el trámite correspondiente en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto o en los Colegios de Escribanos del país.

Si vas a presentar el documento en formato electrónico, puedo firmar la traducción en forma digital y certificar la firma en el CTPCBA. En este caso, el trámite de legalización es mucho más rápido (48 h hábiles) y el costo también es menor.

Vas a recibir un documento legalizado en el CTPCBA en el que se encuentra embebida la traducción firmada. Tanto la firma de la traducción como la del funcionario del CTPCBA tienen validez jurídica en Argentina y en el exterior, igual que si se tratara de un documento en papel, ya que los procesos de seguridad y control están estandarizados.

Puedo realizar la traducción con firma digital tanto si el documento que tenés que traducir está firmado digitalmente o no. Si tenés un documento en papel, solo hace falta escanearlo en formato PDF.

¡Sí! La firma digital sirve tanto para documentos digitales como físicos. Vas a tener que escanear el documento en formato PDF y listo. Podés usar el CamScanner desde el celular o un escáner.

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